Ciudad de México.
Las Organizaciones representantes
de Escuelas Particulares, Alianza de Colegios Multiculturales de México
(ACOMM); Alianza para la Educación Superior (ALPES); Asociación Nacional de
Escuelas Particulares (ANFE - ANEP); Asociación Nacional de Escuelas
Preparatorias Particulares Incorporadas a la SEP (ANEPPI); y la Confederación
Nacional de Escuelas Particulares (CNEP), hacemos púbica nuestra decisión de
abandonar el Grupo de Trabajo para la elaboración del proyecto de Norma Oficial
Mexicana “PROY-NOM-237-SE-2020” por considerar lo siguiente:
El proyecto de Norma Oficial
Mexicana “PROY-NOM-237-SE-2020” elaborado por la Dirección General de Normas de
la Secretaría de Economía, que tiene por objetivo regular los servicios que
brindan las escuelas particulares para evitar que abusen o efectúen cobros
excesivos sin aparente justificación, consideramos que de ser aprobado generará
una sobrerregulación que traerá como consecuencia costos adicionales de
operación para la Educación Particular, lo que afectará los bolsillos de las
familias y desaparecerá a las escuelas particulares más pequeñas, además de
crear un negocio millonario para unas cuantas empresas certificadoras.
Asimismo, contrario a lo
manifestado públicamente por Jesús Cantú, Titular de la Unidad de Normatividad,
Competitividad y Competencia de la Secretaría de Economía, el proceso que él
denomina como de “construcción” de la NOM 237, dista mucho de ser
“participativo”, “inclusivo” y “de atención e incorporación” de las
preocupaciones de quienes prestamos servicios educativos desde instituciones
particulares.
Los representantes del Gobierno
Federal que participan en este proceso: la Procuraduría Federal del Consumidor
(Profeco), la Secretaría de Economía y el Comité Consultivo Nacional de Normalización
de la Secretaría de Economía (CCONNSE), así como asesores externos del
gobierno, han marginado la participación de quienes representamos a
instituciones particulares; han coartado nuestra libertad de expresión,
haciendo uso hostil e intransigente de su calidad de “autoridad”; y han
restringido la posibilidad de diálogo cuando se expresa algo contrario a lo que
es su interés escuchar, hasta el punto de “expulsar” sin razón o justificación,
a representantes de las escuelas particulares, y haciendo gala del
autoritarismo cancelándoles la transmisión.
Pese a que fuimos invitados a ser
parte del proceso, como dictan las reglas de normalización, nuestra
participación ha sido de convidados de piedra, porque no sólo no se toman en
cuenta nuestras aportaciones y señalamientos sobre la gravedad que enmarcan los
criterios impulsados, sino que se nos calla de forma arbitraria y se nos hizo
firmar un documento de confidencialidad para que ninguno de los asistentes
pudiéramos dar a conocer nuestros desacuerdos por la forma como lo están
realizando.
A todo esto, se suman las
irregularidades procedimentales, pues al término de cada una de las sesiones
plenarias que se han desarrollado, no se han compartido las minutas y la
autoridad insiste en denominarlas como “acuerdos”, a pesar de no serlo porque
no nos han permitido incluir nuestra oposición al respecto.
No queremos dejar de señalar que
para participar en las reuniones de trabajo fuimos obligados a firmar un
convenio de confidencialidad y un código de ética que nos amordaza para no
compartir abiertamente todas las irregularidades inherentes a la NOM-237 y que
han sido expuestas por todas las asociaciones, organizaciones, federaciones e
instituciones, tanto en los comentarios enviados en respuesta a la consulta
pública, así como en el Grupo de Trabajo.
En lo que toca a los temas de
fondo, es importante señalar que la prestación de servicios educativos, está
claramente normada en la Ley General de Educación (LGE) y la Ley General de
Educación Superior (LEGS), cuyo cumplimiento es responsabilidad de la
Secretaría de Educación Pública (SEP). En consecuencia, la Secretaría de
Economía (SE) y la PROFECO carecen de facultades para emitir normas en materia
educativa.
Es decir, toda supervisión y
sanciones que cometan las instituciones educativas particulares están estipuladas
en la Ley General de Educación. Por lo tanto, no tienen por qué duplicar
supervisiones ni sanciones a través de una norma emitida por una autoridad que
carece de facultades y que la Ley de Protección al Consumidor le prohíbe.
En conclusión, las organizaciones
representadas por quienes hoy estamos aquí, congruentes con nuestras
convicciones y comprometidos con la educación, hemos tomado la decisión de
abandonar dicho Grupo de Trabajo para seguir enfocando nuestros esfuerzos en lo
que hacemos y a lo que nos dedicamos: impartir educación y preparar el regreso
a clases en puerta.
Es momento de apoyar al sector
educación, no de sobre regularlo y hacer negocio con certificaciones fuera del
marco de la Ley General de Educación.
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