jueves, 3 de enero de 2013

Sistema nacional de investigadores atiende recomendación contra conflicto de intereses

Buenas Noticias para la Comunidad Académica: Sergio Aguayo, Profesor de El Colegio de México, Investigador Nacional Nivel III. El Sistema Nacional de Investigadores SNI, atiende exhorto del CONAPRED e incorpora en su nuevo reglamento una prohibición expresa del conflicto de interés

México. D. F., a 3 de enero de 2013

Antecedentes

En 2010 un Comité del SNI me bajó del nivel III al II. Apelé con evidencia y meses después revirtieron la decisión.

Con mis derechos restaurados decidí seguir adelante porque es frecuente escuchar en el gremio relatos sobre parcialidad a favor o en contra. Investigué lo que había sucedido con mi solicitud y documenté que el Comité que me había juzgado originalmente me aplicó todo el rigor de los reglamentos mientras que violaba la misma normatividad para favorecer a una colega. Sostuve que se trataba de una decisión influida por un conflicto de interés y un tráfico de influencias ya que había tenido serias diferencias con uno de quienes me evaluaron originalmente.

Simultáneamente recibí docenas de comunicaciones de colegas que argumentaban que habían enfrentado problemas similares. Me pareció inaceptable que una institución tan estratégica e importante no incluyera en sus reglamentos mecanismos para evitar los conflictos de interés. Me involucre en el asunto.

Después de recorrer sin resultados en diferentes instituciones (Instituto Federal de Acceso a la Información, Comisión Nacional de los Derechos Humanos y Junta de Honor del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología), recurrí al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Conapred, argumentando que había recibido un trato discriminatorio.

El exhorto del Conapred

El 15 de noviembre del 2012 el Conapred me dio la razón al concluir que los criterios cualitativos de evaluación del SNI eran “poco claros” y se podían “prestar a actos discrecionales” lo cual afectaba una toma de decisión “justa, proporcional, razonada y libre de discriminación”. También detectó ausencia de normas que favorecieran a investigadores con discapacidad, indígenas y afroamericanos, entre otros. Por tanto, exhortó al doctor José Enrique Villa, entonces Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología –del cual depende el SNI– a que hiciera las correcciones necesarias.

El nuevo reglamento del SNI

El exhorto del Conapred fue atendido porque llegó en un momento en el cual se estaba revisando la normatividad del SNI. El 26 de diciembre del 2012 el Diario Oficial publicó el nuevo Reglamento del SNI. Incluye cambios importantes que la comunidad deberá revisar en detalle. En la Cláusula IX del Artículo 84 se aborda directamente el problema del conflicto de intereses:

IX. Cuando [algún/a investigador/a] participe en alguna Comisión Dictaminadora, Revisora o Comité de Investigadores Eméritos, deberá observar en todo momento las normas de ética, y en su caso, deberá excusarse de opinar o recomendar, cuando tenga algún interés directo o indirecto en el asunto o exista amistad o enemistad manifiesta con alguno o algunos de los investigadores evaluados.

A partir de ahora será más difícil que se filtren afectos y rencores en las evaluaciones académicas. Una buena nueva para la comunidad académica.
.

Atentamente
Sergio Aguayo,
Profesor de El Colegio de México,
Investigador Nacional Nivel III