Toluca de Lerdo, México.
Mediante reformas al artículo 5 de la Constitución estatal,
la 59 Legislatura del Estado de México fortaleció el derecho al libre acceso a
la información plural y oportuna y a la libertad de difundir opiniones,
información e ideas, conforme con la iniciativa del coordinador parlamentario del
PAN, diputado Roberto Anuar Azar Figueroa.
Los diputados locales aprobaron, por unanimidad, reformar el
párrafo XIV y adicionar los párrafos XV, XVI y XVII, con lo cual se armoniza el
contenido de la Constitución local con la nacional en esta materia.
En tribuna, el diputado Anuar Roberto Azar Figueroa
agradeció, en nombre del Grupo Parlamentario del PAN, a sus compañeros
legisladores por respaldar su propuesta para brindar garantías para el
ejercicio de la libertad de expresión y prensa, ya que es importante “que esta
homologación constitucional sea garante para todos aquellos que dedican su vida
a informar a la sociedad mexiquense”.
De esta forma, la Constitución local establece que toda
persona en el Estado de México tiene derecho al libre acceso a la información
plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de
toda índole por cualquier medio de expresión.
También, que es inviolable la libertad de difundir
opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio y que no se puede
restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de
controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias
radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o
por otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a
impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
De igual forma, que ninguna ley ni autoridad puede
establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene
más límites que los previstos en el párrafo XIV, el cual señala que la
manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o
administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los
derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el
derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley, y que
en ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de
información, opiniones e ideas.
El dictamen refiere que los integrantes de la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales reconocen que en todo Estado Democrático
la libertad de expresión es un pilar fundamental, por lo que es indispensable
robustecer los principios, normas y reglas que garanticen el ejercicio de este
derecho fundamental.
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