El pasado 7 de diciembre en reunión plenaria de la Comisión de Puntos Constitucionales, se aprobó el dictamen que reforma el artículo 3 párrafo primero, fracción II, inciso C) y fracciones III, V y VI, así como la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos.
El diputado Humberto Benítez Treviño, presidente de la Comisión de Justicia e integrante de esta comisión, argumentó el dictamen diciendo que no puede existir un Estado en desarrollo y con oportunidades para los jóvenes si no se cuenta con una educación que les permita acceder a valores fundamentales para su desarrollo personal y profesional y, con esto, evitar que los jóvenes se enlisten en las filas de la delincuencia.
Apuntó que ante el aumento de jóvenes en las filas de la delincuencia, es necesario que los padres puedan velar por los valores de sus hijos que se han ido perdiendo “esta es una obligación indosable”.
Artículo 3º. Todo individuo tiene el derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios- impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, la primaria y la secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
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